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Calculadora de baja por maternidad y paternidad
España 2026

Estima el permiso por nacimiento y cuidado del menor, la prestación del INSS y la lactancia. Separa cada derecho para evitar sumar conceptos incompatibles.

Fecha de nacimiento o de la resolución judicial/administrativa.

Afecta a la ampliación del permiso; no se infiere ningún grado.

“Empleado/a” se refiere a trabajo por cuenta ajena sujeto al Estatuto de los Trabajadores.

Consulta la base, no el salario neto, en tu nómina.

Primer día en que volverías a trabajar antes de disfrutar la lactancia.

La estimación ordinaria cuenta una hora por día laborable hasta los 9 meses y la divide entre tu jornada diaria. Vacaciones, festivos, ausencias y el calendario real pueden cambiar el resultado.

Útil en adopción, guarda o acogimiento. Se usa para los límites de 9 meses y 8 años.

Si la conoces, sustituye a la estimación obtenida de la base mensual.

Requiere acuerdo cuando corresponda. Las 6 semanas obligatorias siguen siendo a jornada completa.

Introduce todos los días del ingreso continuado, no solo los que excedan de 7. Si dura 8 días, amplía 8; máximo: 91 días. El aplazamiento del periodo no obligatorio hasta el alta es una regla distinta y no cambia este número.

Si los conoces por tu calendario, tienen prioridad sobre días por semana.

Introduce el total que reconozca tu convenio; sustituye la fórmula general de acumulación.

Solo afecta a la posible ampliación de 14 días del subsidio no contributivo.

Solo se usa para el supuesto especial no contributivo.

Corresponsabilidad en el cuidado del lactante (9 a 12 meses)

Necesaria para estimar la cuantía de corresponsabilidad. En tiempo parcial, el INSS toma las bases de los 3 meses anteriores al inicio de la reducción.

No se activa salvo que confirmes ambas condiciones. El INSS solo puede reconocerla a una de las dos personas y la empresa debe certificar las reducciones coincidentes.

Permiso por nacimiento y cuidado

Distribución del permiso

Obligatorias
Flexibles hasta 12 meses
Retribuidas hasta 8 años
Múltiple / discapacidad
Hospitalización
Fin seguido a jornada completa*

Prestación económica

Tipo estimado
Base reguladora diaria
Importe mensual aprox.
Importe del permiso calculado
Semanas voluntarias al régimen elegido
Subsidio especial por múltiple*

Permiso por cuidado del lactante

Modalidad
Días laborables computados
Horas generadas
Jornadas completas equivalentes
Límite ordinario
Origen del cálculo

Otros derechos que no se suman al permiso

Qué calcula esta herramienta

“Baja por maternidad” y “baja por paternidad” siguen siendo búsquedas habituales, pero desde 2019 el nombre legal unificado es nacimiento y cuidado del menor. La herramienta aplica el marco vigente revisado en agosto de 2026 y mantiene separados el permiso laboral, la prestación económica, la lactancia, la corresponsabilidad y el permiso parental.

Es una estimación informativa. El INSS reconoce la prestación y la empresa o administración concreta el calendario de disfrute. Convenios colectivos, regímenes especiales y datos reales de cotización pueden cambiar el resultado.

Duración vigente en 2026

Para hechos causantes desde el 31 de julio de 2025, cada progenitor dispone con carácter general de 19 semanas: 6 obligatorias e ininterrumpidas a jornada completa, 11 distribuibles por semanas hasta que el menor cumpla 12 meses y 2 distribuibles por semanas hasta los 8 años. En familia monoparental son 32 semanas, repartidas en 6, 22 y 4.

La madre biológica puede anticipar hasta cuatro semanas antes del parto parte del periodo voluntario. En adopción internacional, el permiso puede iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución cuando sea necesario desplazarse al país de origen. Esta calculadora toma como inicio la fecha que introduces y no reconstruye esos anticipos.

El nacimiento, adopción, guarda o acogimiento múltiple y la discapacidad reconocida añaden tiempo. En la situación general corresponden a cada progenitor una semana por discapacidad y una semana por cada menor a partir del segundo. En familia monoparental, la única persona progenitora disfruta las dos semanas que en otro caso se repartirían entre ambas; las causas diferentes se acumulan sin duplicar una misma causa.

Si el neonato permanece hospitalizado a continuación del parto por prematuridad, falta de peso u otra condición clínica durante más de siete días, el permiso de cada progenitor se amplía por todos los días de ese ingreso, no solo por el exceso sobre siete, con un máximo de trece semanas. De forma separada, puede pedirse que el periodo no obligatorio se compute desde el alta hospitalaria; la calculadora no desplaza el calendario por esa opción.

Cómo se estima cuánto paga la Seguridad Social

La prestación contributiva equivale al 100% de la base reguladora correspondiente. No equivale necesariamente al 100% del salario neto ni incluye complementos empresariales. La prestación pública por nacimiento está exenta de IRPF con los límites legales, pero el resultado mostrado es una estimación de la prestación antes de cualquier ajuste particular.

No se aplica un tope independiente a la prestación: el límite práctico deriva de la propia base de cotización válida. Por eso no debe introducirse una cifra superior a la base realmente cotizada.

Cuenta ajena mensual: base del mes de referencia ÷ 30.

Tiempo parcial: suma estimada de 12 meses ÷ 365. El formulario usa la media mensual indicada × 12, salvo que introduzcas la base diaria conocida.

RETA: suma de las bases de los 6 meses de referencia ÷ 180. El formulario usa la base mensual media indicada × 6.

Si falta cotización pero se cumplen los demás requisitos, puede existir un subsidio no contributivo durante las seis semanas obligatorias: 100% del IPREM vigente o la base reguladora si fuera inferior. En 2026 el IPREM mensual continúa en 600 € (20 € diarios). Se añaden 14 días por familia numerosa —o que pase a serlo—, monoparentalidad, hecho múltiple o discapacidad igual o superior al 65% de la persona beneficiaria o del menor. La ampliación se aplica una sola vez aunque coincidan varias causas.

Requisitos de cotización

También debe existir alta o situación asimilada. Quien cotiza directamente —incluido RETA— debe estar al corriente de pago, sin perjuicio del mecanismo de invitación al pago que pueda aplicar la Seguridad Social.

Lactancia ordinaria y lactancia acumulada

El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores reconoce una hora de ausencia por día laborable hasta los nueve meses, divisible en dos fracciones. Puede sustituirse por media hora de reducción o acumularse en jornadas completas. En supuestos múltiples la duración aumenta proporcionalmente.

No existe un número universal de días acumulados. La regla general divide las horas generadas —una por día laborable restante— entre las horas de la jornada diaria. Por eso una jornada parcial puede producir más jornadas completas de libranza, aunque el total de horas sea el mismo. El convenio puede reconocer una regla más favorable o un número directo de días.

Corresponsabilidad del lactante y permiso parental

La corresponsabilidad protege, entre los 9 y 12 meses, la reducción diaria de media hora realizada por ambas personas trabajadoras con la misma duración y régimen. Solo una puede cobrar el subsidio: 100% de la base reguladora de incapacidad temporal por contingencias comunes, en proporción a esa media hora. Para contratos a tiempo parcial, la Seguridad Social toma las bases de los tres meses anteriores al inicio de la reducción y los días naturales correspondientes. No es la lactancia ordinaria ni puede sumarse automáticamente a ella.

El permiso parental del artículo 48 bis permite hasta ocho semanas, continuas o discontinuas, a jornada completa o parcial, hasta que el menor cumpla ocho años. En el régimen laboral general sigue siendo un permiso no retribuido en 2026. Tampoco debe confundirse con las 2 semanas retribuidas —4 en familia monoparental— incorporadas al permiso por nacimiento y utilizables hasta los 8 años.

Autónomos y empleados públicos

Las personas autónomas pueden recibir la prestación por nacimiento y cuidado si reúnen los requisitos; su base se calcula con las bases RETA de los seis meses de referencia y el disfrute parcial solo se contempla al 50%. La lactancia del artículo 37.4 y la prestación de corresponsabilidad aquí calculadas se refieren a relaciones laborales sometidas al Estatuto de los Trabajadores.

El personal funcionario y el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público para estos permisos y por su régimen de previsión. La calculadora muestra la duración general introducida en 2025, pero no estima su lactancia ni particularidades de mutualidades administrativas.

Los sistemas especiales y otras situaciones asimiladas pueden tener particularidades de acceso, cotización o base reguladora. Por ello, al elegir «Otra situación / régimen especial» se muestra la duración orientativa, pero solo se estima la cuantía si introduces una base reguladora diaria conocida.

Fuentes oficiales

Seguridad Social — nacimiento y cuidado del menor; Seguridad Social — corresponsabilidad en el cuidado del lactante; Seguridad Social — IPREM 2026; Estatuto de los Trabajadores, arts. 37.4, 48 y 48 bis; Real Decreto-ley 9/2025; Ley General de la Seguridad Social, arts. 177 a 185; Ley del IRPF, artículo 7; y BOE — doctrina del Tribunal Supremo sobre lactancia acumulada y tiempo parcial.

Última revisión normativa: 13 de agosto de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas corresponden en 2026?
Para hechos causantes desde el 31 de julio de 2025, 19 semanas por progenitor en la situación general y 32 en familia monoparental, antes de ampliaciones específicas.
¿Cobro el 100% de mi sueldo?
Se cobra el 100% de la base reguladora reconocida, que no siempre coincide con el salario neto ni con todos los complementos de la nómina.
¿Cuánto paga la Seguridad Social?
La prestación contributiva diaria es el 100% de la base reguladora. Esta calculadora la estima con la base de cotización o usa directamente la base diaria que indiques.
¿Las semanas son iguales para ambos progenitores?
Sí en la situación general: el derecho es individual y no transferible. Las ampliaciones por múltiple o discapacidad se distribuyen conforme a la ley; la calculadora muestra la parte de una persona.
¿Cuántas semanas son obligatorias?
Seis semanas ininterrumpidas e inmediatamente posteriores al hecho causante, a jornada completa.
¿Puedo repartir el permiso?
Las 11 semanas flexibles —22 en monoparental— pueden distribuirse por semanas hasta los 12 meses. Las 2 adicionales —4 en monoparental— pueden disfrutarse por semanas hasta los 8 años, con el preaviso aplicable.
¿Cómo se calcula la lactancia acumulada?
Se cuentan los días laborables desde la reincorporación hasta que el menor cumple nueve meses, se asigna una hora a cada día y se divide el total entre las horas de jornada diaria. Un convenio puede mejorar esa regla.
¿Cuántos días de lactancia me corresponden?
No hay una cifra fija. Depende del calendario laboral restante, la jornada diaria, si el supuesto es múltiple y la regulación del convenio.
¿Qué ocurre si trabajo a media jornada?
La hora diaria de lactancia no se reduce proporcionalmente. Al acumularla, se divide entre tu jornada diaria real. Para la prestación por nacimiento, la base de tiempo parcial se obtiene con las cotizaciones del periodo oficial.
¿Qué ocurre si soy autónomo?
Puedes acceder a la prestación si cumples alta, cotización y pago. La base diaria usa las bases RETA de seis meses. La lactancia laboral del Estatuto de los Trabajadores no se aplica igual a la actividad autónoma.
¿Qué cambia si soy familia monoparental?
El permiso general es de 32 semanas (6 obligatorias, 22 flexibles hasta 12 meses y 4 hasta 8 años). Las ampliaciones por múltiple o discapacidad corresponden íntegramente a la única persona progenitora según el criterio publicado por la Seguridad Social.
¿El permiso parental de 8 semanas es retribuido?
No con carácter general en el régimen laboral en 2026. Es distinto de las 2 o 4 semanas retribuidas que forman parte del permiso por nacimiento y pueden usarse hasta que el menor cumpla ocho años.