Planificador de baja de maternidad/paternidad y vacaciones

Coordina los derechos de uno o ambos progenitores con vacaciones, lactancia acumulada reconocida y festivos. No modifica la duración legal de ningún derecho.

Puedes planificar cualquiera de las dos personas por separado o coordinar a ambas.

Las seis primeras semanas son obligatorias para ambos progenitores y no se optimizan.

Fechas AAAA-MM-DD separadas por coma o salto de línea. Incluye los dos festivos locales y, en Canarias, el insular.

Úsalo solo si el calendario territorial sustituye una fecha.

La comunidad y los festivos indicados se aplican a ambos progenitores.

Festivos aplicados

Selecciona una comunidad para revisar el calendario.

Progenitor 1

Indica las que aún no se han utilizado.

El plan optimizado puede repartir vacaciones en días laborables sueltos. Su disponibilidad depende del convenio, la empresa y la aprobación de las fechas.

Días habituales de trabajo
Fecha orientativa de reincorporación
—

Propuesta condicionada a la aprobación de las fechas y al calendario real.

Permiso

Permiso total incluido
—
Periodo obligatorio
6 semanas
Semanas flexibles utilizadas
—
De ellas, hasta los 8 años
—

Vacaciones, lactancia y calendario

Vacaciones usadas
—
Vacaciones restantes
—
Lactancia acumulada incluida
—
Ausencia continua del bloque final
—
Días de trabajo cubiertos
—
Diferencia frente al orden base
—

Resumen del plan

    El plan intercala vacaciones con festivos y días de descanso para reservar las semanas completas de permiso para los periodos donde resultan más eficientes.

    Periodos propuestos

    Festivos y descansos relevantes

      Qué hace este planificador

      Permite planificar una persona o coordinar a ambos progenitores. El optimizador mezcla semanas completas, vacaciones, lactancia y descansos del calendario con exactamente los mismos derechos; prioriza la cobertura continua y después el valor real de las semanas y el aprovechamiento de vacaciones laborables.

      No amplía derechos. Un sábado, domingo o festivo incluido dentro de una semana de permiso no genera otra semana ni un día adicional. En vacaciones por días naturales tampoco deja de consumirse por coincidir con un festivo.

      Vacaciones laborables. Solo consumen saldo los días de tu jornada habitual que no sean festivos. El plan puede distribuirlas como días individuales para crear puentes; esa distribución depende del convenio, la empresa o Administración y la aprobación de las fechas.

      Reglas legales que condicionan la propuesta

      Para una planificación posterior al nacimiento, las seis semanas obligatorias y los periodos flexibles funcionan igual para la madre biológica y el otro progenitor. La madre biológica puede anticipar hasta cuatro semanas voluntarias antes de la fecha prevista del parto, pero este planificador parte del hecho causante y no modela ese anticipo.

      La lactancia acumulada se incorpora solo cuando introduces las jornadas completas ya reconocidas. En el sector privado el derecho ordinario alcanza hasta los nueve meses y la concreción se preavisa; en el empleo público alcanza hasta los doce meses y la modalidad acumulada se disfruta después del permiso por nacimiento correspondiente. Para empleo público, el planificador la sitúa después del bloque de semanas utilizable hasta los doce meses y antes de las semanas parentales reservables hasta los ocho años. La herramienta no estima automáticamente los días porque no existe una cifra universal.

      La planificación puede variar por convenio colectivo, turnos, jornada irregular, acuerdos con la empresa o administración y festivos locales. Si tu calendario no es de lunes a viernes, ajusta los días habituales en Opciones avanzadas.

      En el modo de dos progenitores se utiliza una única comunidad autónoma y un calendario territorial común. Cada persona conserva por separado sus semanas, vacaciones, lactancia, ámbito y días habituales de trabajo.

      La opción de vacaciones laborales está dirigida a personas empleadas en empresa privada o en una Administración pública. En trabajo autónomo, los días sin actividad no son el derecho a vacaciones retribuidas del Estatuto de los Trabajadores y esta herramienta no los modela como tal.

      Calendario de festivos utilizado

      Los 19 conjuntos territoriales de 2026 están versionados a partir de la Resolución de 17 de octubre de 2025 publicada en el BOE. Los festivos locales se introducen manualmente porque los aprueban y publican las autoridades autonómicas o provinciales para cada municipio y no existe un único calendario estatal consolidado.

      El estado del calendario 2027 se comprueba por territorio. Andalucía, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Región de Murcia, Navarra y País Vasco ya disponen de publicación oficial. Aragón, Asturias, Comunidad de Madrid, Ceuta y Melilla continúan como previsiones y pueden variar por decisiones autonómicas o traslados. Canarias tiene además un festivo por isla y Arán sustituye una fecha del calendario general catalán: esos ajustes se indican manualmente en Opciones avanzadas.

      Fuentes y referencia de calendario

      BOE — Real Decreto-ley 9/2025; BOE — Estatuto de los Trabajadores, arts. 37.4, 37.7, 38 y 48; BOE — Estatuto Básico del Empleado Público, arts. 48 y 49; Seguridad Social — nacimiento y cuidado del menor; BOE — calendario laboral oficial de 2026; BOE — marco legal de fiestas laborales; y referencia provisional de calendarios 2027 (no oficial).

      Datos de calendario: 2026 oficial; en 2027 el estado y la fuente se muestran para el territorio seleccionado. Última revisión: 21 de agosto de 2026.