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🏠 Alquiler 2026

Calculadora de deducciones
por alquiler de vivienda

Tanto si eres inquilino como propietario, calcula cuánto puedes ahorrar en el IRPF por el alquiler de tu vivienda.

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Aproximadamente tu salario bruto menos SS

ℹ️ Los contratos anteriores a 2015 pueden mantener la deducción estatal del 10,05% si se firmaron antes de esa fecha. Esta deducción estatal ya no existe para contratos nuevos.
Deducción total estimada
Ahorro mensual
Alquiler anual pagado
Deducción estatal
Deducción autonómica
% del alquiler deducido
Alquiler anual pagado
Coste real tras deducción
Alquiler mensual efectivo

Para calcular la amortización (3% anual sobre el mayor de coste o valor catastral)

💡 La reducción general del rendimiento neto es del 60%. Si el inquilino tiene entre 18-35 años o la vivienda está en zona tensionada, la reducción sube al 90%.

Rendimiento neto a declarar
Reducción aplicada
Ahorro fiscal estimado
Ingresos brutos anuales
Total gastos deducibles
Amortización inmueble
Rendimiento neto previo
Reducción IRPF
Rendimiento neto reducido
Desglose de gastos deducibles
IBI
Comunidad
Seguros
Reparaciones
Intereses hipoteca
Honorarios
Amortización (3%)
Total gastos

Deducciones por alquiler en España 2026

El alquiler de vivienda tiene un tratamiento fiscal específico en el IRPF tanto para los inquilinos como para los propietarios. Conocer las deducciones disponibles puede suponer un ahorro significativo en la declaración de la Renta.

Para inquilinos: deducción estatal y autonómica

La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual desapareció en 2015 para contratos nuevos, pero muchas comunidades autónomas mantienen deducciones propias. El importe y los requisitos varían significativamente según la comunidad. Algunas, como Cataluña o Canarias, ofrecen deducciones de hasta el 10-15% del alquiler anual.

Deducciones autonómicas por comunidad

ComunidadDeducciónLímite anualRequisito base imponible
Cataluña10% (menores 33 años: 15%)300 € (600 €)hasta 20.000 €
Madrid30% (menores 35 años)1.000 €hasta 25.620 €
Canarias20%500 €hasta 22.000 €
Andalucía15%500 €hasta 19.000 €
Galicia10% (menores 35 años: 15%)300 € (600 €)hasta 22.000 €
Aragón10%300 €hasta 15.000 €
C. Valenciana15% (menores 35 años)550 €hasta 25.000 €

Para propietarios: gastos deducibles y reducción del 60%

Los propietarios que alquilan una vivienda tributan por el rendimiento neto del capital inmobiliario. Pueden deducirse todos los gastos necesarios para el alquiler y aplicar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto resultante. Si el inquilino tiene entre 18 y 35 años o la vivienda está en una zona de mercado tensionado, la reducción sube al 90%.

Preguntas frecuentes

¿Existe deducción estatal por alquiler en 2026?
No existe deducción estatal por alquiler de vivienda habitual para contratos firmados desde el 1 de enero de 2015. Solo los contratos anteriores a esa fecha pueden mantener la deducción estatal del 10,05% con ciertos límites. Las deducciones actuales son exclusivamente autonómicas.
¿Qué documentación necesito para la deducción?
Necesitas el contrato de alquiler, los justificantes de pago (recibos bancarios o transferencias), el NIF del arrendador y en algunos casos el certificado de empadronamiento. Guarda todos los recibos porque Hacienda puede solicitarlos.
¿El propietario puede deducirse el 100% de los gastos?
Sí, todos los gastos necesarios para el alquiler son deducibles al 100%: IBI, comunidad, seguros, reparaciones, intereses de hipoteca, honorarios de agencia, y la amortización del inmueble (3% anual sobre el mayor entre el coste de adquisición y el valor catastral).
¿Qué es la reducción del 60% para propietarios?
Es un beneficio fiscal que reduce el rendimiento neto del alquiler en un 60% antes de aplicar el IRPF. Es decir, si ganas 10.000 € netos de alquiler, solo tributas por 4.000 €. Si el inquilino tiene 18-35 años o la vivienda está en zona tensionada, la reducción sube al 90%.
¿Hay que declarar el alquiler aunque se pierda dinero?
Sí, siempre hay que declarar los ingresos del alquiler. Si los gastos superan los ingresos, el resultado es un rendimiento negativo que podrás compensar con otros rendimientos del capital inmobiliario de los 4 años siguientes.