📈 IRPF Inversiones · ejercicio 2025

Calculadora de impuestos
sobre inversiones

Calcula el IRPF de tus ganancias en acciones, fondos, criptomonedas y dividendos. Incluye compensación de pérdidas.

📊 Acciones / ETFs
💼 Fondos
₿ Cripto
💰 Dividendos
📋 Resumen global
ValorPrecio compraComisión compraPrecio ventaComisión ventaNº acciones

⚠️ Usa el coste de las unidades vendidas según FIFO e introduce por separado las comisiones totales de compra y venta de esas unidades. Si recompras valores cotizados homogéneos en los 2 meses anteriores o posteriores, la pérdida queda diferida.

FondoVL compraComisión compraVL ventaComisión ventaNº participaciones

💡 Los traspasos que cumplen los requisitos legales difieren la tributación y conservan valor y fecha de adquisición; no son una exención definitiva. El diferimiento no se aplica a ETFs.

CriptomonedaPrecio compraComisión compraPrecio ventaComisión ventaCantidad

🔗 Importante: El intercambio de una cripto por otra (ej. BTC por ETH) también tributa como venta. El precio de compra se calcula por FIFO (primeras compradas, primeras vendidas). Desde 2024 hay obligación de informar saldos en exchanges extranjeros (Modelo 721).

Antes de retención

Normalmente el 19% ya retenido

💡 Los dividendos y los intereses son rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro. La escala conjunta de 2025 va del 19% al 30% y se aplica una sola vez a la base integrada.

Introduce los totales de cada categoría o usa las pestañas anteriores para calcularlos automáticamente.

La compensación se realiza primero dentro de cada componente. Si el saldo patrimonial es negativo, puede compensar hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario positivos; el resto queda pendiente hasta cuatro años.

¿Cómo tributan las inversiones en España en el ejercicio 2025?

Las ganancias de inversiones en España tributan en la base imponible del ahorro del IRPF. Hay dos categorías principales: las ganancias y pérdidas patrimoniales (acciones, ETFs, fondos, criptomonedas) y los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses).

Tramos del ahorro 2025

Base del ahorroTipo
Hasta 6.000 €19%
De 6.000 € a 50.000 €21%
De 50.000 € a 200.000 €23%
De 200.000 € a 300.000 €27%
Más de 300.000 €30%

Compensación de pérdidas

Las pérdidas patrimoniales (acciones, fondos, cripto) pueden compensar ganancias patrimoniales del mismo año. Si el saldo es negativo, puedes compensarlo con hasta un 25% de los rendimientos del capital mobiliario positivos (dividendos, intereses). El remanente negativo se puede arrastrar 4 años.

Criptomonedas: particularidades fiscales

Las criptomonedas tributan como ganancias patrimoniales. El precio de compra se calcula por el método FIFO. El intercambio entre criptomonedas (BTC por ETH, por ejemplo) tributa como si fuera una venta. Desde 2024 existe el Modelo 721 para informar de saldos en exchanges extranjeros superiores a 50.000 euros.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tengo que pagar IRPF por mis acciones?
Solo cuando vendas. Mientras mantengas las acciones en cartera no hay ningún impuesto que pagar, aunque hayan subido mucho de valor. El impuesto se genera en el momento de la venta.
¿Qué es la regla de los dos meses?
Si vendes valores cotizados con pérdidas y adquieres valores homogéneos en los 2 meses anteriores o posteriores, la pérdida queda diferida. Para valores no cotizados, el plazo legal es de un año. No basta con que el activo sea meramente parecido.
¿Los traspasos entre fondos tributan?
Los traspasos de fondos que cumplen el artículo 94 de la Ley del IRPF permiten diferir la tributación: las nuevas participaciones conservan la fecha y el valor fiscal anteriores. No es una exención y no se aplica, con carácter general, a ETFs.
¿Puedo compensar pérdidas de bolsa con ganancias de cripto?
Sí. Ambas son ganancias patrimoniales en la base del ahorro y se pueden compensar entre sí. Si tienes pérdidas en acciones y ganancias en cripto, o viceversa, el resultado fiscal es la suma de ambas.
¿Los dividendos extranjeros tienen retención en origen?
Sí. Puede existir retención en origen además de la española. La deducción por doble imposición internacional depende del convenio aplicable y de los límites legales, por lo que esta calculadora no la incorpora.

Fuentes oficiales: integración y compensación de la base del ahorro (AEAT), escala del ahorro 2025 (AEAT), diferimiento fiscal de fondos (AEAT) y Ley del IRPF consolidada (BOE).

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